SÁBADO 4 DE FEBRERO DE 2012 

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Antecedentes

Oficinas TCADFLa instauración del Tribunal de lo Contencioso Administrativo dentro del marco de las Instituciones del Distrito Federal, obedece entre otras razones, al desbordamiento de las necesidades de carácter colectivo que se dejaron sentir con mayor intensidad en su circunscripción territorial. Ello se explica por los registros que existen sobre el singular aumento en la tasa de población desde ese tiempo.

Con el incremento de la población se multiplicaron necesariamente las acciones tanto de la administración como de los gobernados, y consecuentemente el volumen de conflictos entre poder público y particulares se vio sensiblemente acrecentado.

En ese contexto, los requerimientos que con gran abundancia e intensidad se hacían al Poder Público, lo llevaron a considerar la creación de un ente jurisdiccional que tuviera las atribuciones especiales necesarias, para que de manera imparcial y apegándose estrictamente a un orden jurídico, resolviera tales conflictos, llevándose a la práctica con ello, el control de la legalidad, dentro de su ámbito de competencia, como lo son todos y cada uno de los actos y resoluciones que se emiten por las autoridades administrativas del Distrito Federal y que pueden causar algún agravio a los gobernados, principalmente.

Con la publicación de la Ley que lo regula el 17 de marzo de 1971, nace a la vida institucional el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, iniciando funciones el 17 de julio de ese año.

Exposición de motivos

Oficinas TCADFEste Tribunal al que ahora identificamos como órgano autónomo local del Distrito Federal, está dotado de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos, y asimismo, es independiente de las autoridades administrativas.

Justamente la denominación del Tribunal obedece al ámbito donde opera, así como a sus propósitos y fines. Entendiendo que el término “ Contencioso ”, deriva de los conflictos de los que conoce y resuelve, mientras que la palabra “ Administrativo ” está referido a las autoridades administrativas, de las cuales emanan los actos o resoluciones de carácter administrativo o fiscal, que dan origen a esos litigios.

Además de las funciones propiamente jurisdiccionales que se llevan a cabo, este Órgano Jurisdiccional presenta una característica por demás loable, ya que se brinda apoyo generalizado a la población mediante los servicios de asesoría y defensoría jurídicas absolutamente de una manera gratuita.

Es menester resaltar que a partir del año 2001, el Tribunal adquirió su independencia del Gobierno del Distrito Federal, consolidándose su naturaleza de órgano local autónomo, incluso presupuestalmente. Con dicha separación, se ratificó la imparcialidad del órgano, para seguir siendo una instancia confiable ante los ciudadanos, ya que al ser dotado de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos, es independiente de las autoridades administrativas, lo que lo hace más confiable ante la ciudadanía.

El 10 de septiembre de 2009 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que entró en vigor al día siguiente 11 de septiembre de ese año, en la que se establece la creación de una Junta de Gobierno, de un Controlador Interno y de 2 Secretarios de Acuerdos, así también prevé que sólo podrán intervenir en el juicio, las personas que tengan interés legítimo, entre otras disposiciones.




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