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REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL
CAPITULO XI
De la Secretaría General de Defensoría Jurídica
ART. 24.- Los servicios de la Defensoría Jurídica serán gratuitos. Los grupos de defensores actuarán en los términos del artículo 35 de la Ley del Tribunal, y serán responsables de la elaboración de la demanda y del seguimiento del procedimiento de los juicios a su cargo hasta su total culminación dentro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
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