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LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

CAPITULO V

De las Salas del Tribunal

 

ARTICULO 32.- Las atribuciones de carácter administrativo de la Sala Superior, Presidencia, Salas Ordinarias, Salas Auxiliares, Secretaría General de Acuerdos, Secretaria General de Compilación y Difusión, Secretaría General de Defensoría Jurídica, Secretarios de Acuerdos, Actuarios, Dirección Administrativa, Contraloría y demás servidores públicos que las necesidades del servicio requieran y determine su Presupuesto, se establecerán en el Reglamento Interior del Tribunal.

 

REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

CAPITULO XIII

De la Dirección Administrativa

 

ARTICULO 47.- Son atribuciones de la Dirección Administrativa :


a) Proponer al Presidente del Tribunal los planes y programas, así como la organización, dirección, control y evaluación, sobre la administración de los recursos humanos, financieros y materiales, para obtener el óptimo funcionamiento del Tribunal;


b) Presentar al Presidente del Tribunal el anteproyecto del presupuesto y del Programa anual de adquisiciones, para la aprobación de la Sala Superior ;


c) Contratar con prestadores de servicios, los trabajos necesarios para el mantenimiento del edificio, instalaciones y equipo, previo acuerdo con el Presidente del Tribunal;


d) Mantener al día los registros contables y presupuestales del estado financiero del Tribunal;


e) Rendir trimestral y anualmente a la Sala Superior un informe por escrito, dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente al trimestre inmediato anterior y al mes de enero, respectivamente, del ejercicio del presupuesto del Tribunal;


f) Rendir mensual y anualmente un informe por escrito de labores al Presidente del Tribunal, dentro de los diez primeros días hábiles siguientes al mes y año de que se trate;


g) Difundir las Condiciones Generales de Trabajo y los Programas de Capacitación y Desarrollo de Personal, y


h) Las demás que le confiera la Sala Superior y el Presidente del Tribunal.

 

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