|

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL
CAPITULO III
Del Presidente del Tribunal
ARTICULO 26.- Son atribuciones del Presidente del Tribunal:
I.- Representar al Tribunal ante toda clase de Autoridades;
II.- Despachar la correspondencia del Tribunal, de la Sala Superior y de la Junta de Gobierno;
III.- Presidir la Junta de Gobierno, así como las comisiones que ésta designe, y las que establezca la Sala Superior;
IV.- Dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones de la Junta de Gobierno y la Sala Superior;
V.- Denunciar a la Sala Superior las contradicciones de que tenga conocimiento entre sentencias dictadas por las Salas;
VI.- Designar por turno al Magistrado Instructor en los recursos de apelación y en los de reclamación; y al Magistrado Ponente en los de queja. Dar cuenta a la Sala Superior hasta ponerlos en estado de resolución;
VII.- Nombrar al personal administrativo del Tribunal, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;
VIII.- Conceder o negar licencias al personal administrativo de la Sala Superior en los términos de las disposiciones aplicables, previa opinión, en su caso, del Magistrado al que esté adscrito;
IX.- Dictar las ordenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal;
X.- Autorizar, en unión del Secretario General de Acuerdos, las actas en que se hagan constar deliberaciones y acuerdos de la Sala Superior o de la Junta de Gobierno;
XI.- Firmar los engroses de resoluciones de la Sala Superior;
XII.- Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención de la Sala Superior;
XIII.- Rendir a las Salas del Tribunal en la última Sesión de cada año un informe dando cuenta de la marcha del Tribunal y de las principales jurisprudencias y tesis formuladas por éste en sus decisiones;
XIV.- Publicar la jurisprudencia del Tribunal, las sentencias de la Sala Superior cuando constituyan jurisprudencia o cuando la contraríen, incluyendo los votos particulares que con ella se relacionen, así como aquéllas que considere que deben darse a conocer por ser de interés general; y
XV.- Dar cuenta a la Sala Superior de las excitativas de justicia y tramitar los demás asuntos de la Competencia de la Sala Superior hasta ponerlos en estado de resolución.
XVI.- Admitir o Prevenir, dar trámite o tener por no hechas las solicitudes de consignaciones a que se refiere el artículo 49 de la Ley.
REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL
CAPITULO IV
De la Presidencia del Tribunal
ARTICULO 7.- Corresponde al Presidente del Tribunal, en el ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley :
a) Dirigir los debates y mantener el orden en las sesiones de la Sala Superior. Iniciada la Sesión sólo podrán suspenderse por mayoría de votos de los Magistrados presentes;
b) Designar por riguroso turno al Magistrado Ponente de la Sala Superior en los recursos de apelación y en las quejas que se interpongan;
c) Dar cuenta a la Sala Superior con las excitativas de justicia, para que acuerde lo procedente;
d) Convocar a la Sala Superior a sesiones ordinarias por lo menos una vez a la semana, y a sesiones extraordinarias, cuando a su criterio lo requieran las necesidades del Tribunal, o lo solicite por las mismas razones debidamente justificadas, alguno de los Magistrados de dicha Sala;
e) Resolver los conflictos que surjan en o entre las diversas Salas Ordinarias y las Salas Auxiliares del Tribunal, oyendo en su caso la opinión de la Sala Superior. Los Magistrados de las Salas en conflicto tendrán únicamente voz informativa, y no voto;
f) Convocar a los Magistrados de las Salas Ordinarias y de las Salas Auxiliares cuando lo considere necesario para tratar asuntos de interés general para el Tribunal, y en su caso, comunicar los criterios sustentados por la Sala Superior , así como las determinaciones que sean tomadas por la misma;
g) Dictar las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal;
h) Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención de la Sala Superior y los que la propia Sala le encomiende;
i) Fijar el horario de trabajo del personal judicial y administrativo del Tribunal;
j) Ordenar la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la jurisprudencia, y de las contradicciones de la misma; así como de los precedentes cuya difusión considere de importancia;
k) Designar al personal jurisdiccional y administrativo del Tribunal de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes, tomado en cuenta cuando así proceda, la opinión del Magistrado al que se vaya a asignar dicho personal;
l) Conceder o negar licencias al personal administrativo del Tribunal y al personal jurisdiccional de las Salas Ordinarias y de las Salas Auxiliares en las disposiciones normativas aplicables previa opinión cuando proceda, del Magistrado al que esté adscrito;
m) Rendir a las Salas del Tribunal en la última sesión de cada año un informe por escrito, dando cuenta de la marcha del Tribunal y de las principales jurisprudencias y tesis acordadas por la Sala Superior , y
n) Adoptar las determinaciones, medidas y acciones que estime necesarias para la buena marcha del Tribunal, que no estén expresamente reservadas a la Sala Superior.
|