Inicio
Antecedentes
Objetivo General
Fundamentos Juridicos
Competencia
Procedimientos
Atención al público
Legislación
Estructura Orgánica
Informe Anual Presidencia
Obligaciones de Transparencia
Directorio
Sentencias
Jurisprudencias
Medios de contacto

 

 

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

CAPITULO III

Del Presidente del Tribunal


ARTICULO 26.- Son atribuciones del Presidente del Tribunal:

I.- Representar al Tribunal ante toda clase de Autoridades;

II.- Despachar la correspondencia del Tribunal, de la Sala Superior y de la Junta de Gobierno;

III.- Presidir la Junta de Gobierno, así como las comisiones que ésta designe, y las que establezca la Sala Superior;

IV.- Dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones de la Junta de Gobierno y la Sala Superior;

V.- Denunciar a la Sala Superior las contradicciones de que tenga conocimiento entre sentencias dictadas por las Salas;

VI.- Designar por turno al Magistrado Instructor en los recursos de apelación y en los de reclamación; y al Magistrado Ponente en los de queja. Dar cuenta a la Sala Superior hasta ponerlos en estado de resolución;

VII.- Nombrar al personal administrativo del Tribunal, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;

VIII.- Conceder o negar licencias al personal administrativo de la Sala Superior en los términos de las disposiciones aplicables, previa opinión, en su caso, del Magistrado al que esté adscrito;

IX.- Dictar las ordenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal;

X.- Autorizar, en unión del Secretario General de Acuerdos, las actas en que se hagan constar deliberaciones y acuerdos de la Sala Superior o de la Junta de Gobierno;

XI.- Firmar los engroses de resoluciones de la Sala Superior;

XII.- Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención de la Sala Superior;

XIII.- Rendir a las Salas del Tribunal en la última Sesión de cada año un informe dando cuenta de la marcha del Tribunal y de las principales jurisprudencias y tesis formuladas por éste en sus decisiones;

XIV.- Publicar la jurisprudencia del Tribunal, las sentencias de la Sala Superior cuando constituyan jurisprudencia o cuando la contraríen, incluyendo los votos particulares que con ella se relacionen, así como aquéllas que considere que deben darse a conocer por ser de interés general; y

XV.- Dar cuenta a la Sala Superior de las excitativas de justicia y tramitar los demás asuntos de la Competencia de la Sala Superior hasta ponerlos en estado de resolución.

XVI.- Admitir o Prevenir, dar trámite o tener por no hechas las solicitudes de consignaciones a que se refiere el artículo 49 de la Ley.

 

 

REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

 

CAPITULO IV

De la Presidencia del Tribunal

 

ARTICULO 7.- Corresponde al Presidente del Tribunal, en el ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley :


a) Dirigir los debates y mantener el orden en las sesiones de la Sala Superior. Iniciada la Sesión sólo podrán suspenderse por mayoría de votos de los Magistrados presentes;


b) Designar por riguroso turno al Magistrado Ponente de la Sala Superior en los recursos de apelación y en las quejas que se interpongan;


c) Dar cuenta a la Sala Superior con las excitativas de justicia, para que acuerde lo procedente;


d) Convocar a la Sala Superior a sesiones ordinarias por lo menos una vez a la semana, y a sesiones extraordinarias, cuando a su criterio lo requieran las necesidades del Tribunal, o lo solicite por las mismas razones debidamente justificadas, alguno de los Magistrados de dicha Sala;


e) Resolver los conflictos que surjan en o entre las diversas Salas Ordinarias y las Salas Auxiliares del Tribunal, oyendo en su caso la opinión de la Sala Superior. Los Magistrados de las Salas en conflicto tendrán únicamente voz informativa, y no voto;


f) Convocar a los Magistrados de las Salas Ordinarias y de las Salas Auxiliares cuando lo considere necesario para tratar asuntos de interés general para el Tribunal, y en su caso, comunicar los criterios sustentados por la Sala Superior , así como las determinaciones que sean tomadas por la misma;


g) Dictar las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal;


h) Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención de la Sala Superior y los que la propia Sala le encomiende;


i) Fijar el horario de trabajo del personal judicial y administrativo del Tribunal;


j) Ordenar la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la jurisprudencia, y de las contradicciones de la misma; así como de los precedentes cuya difusión considere de importancia;


k) Designar al personal jurisdiccional y administrativo del Tribunal de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes, tomado en cuenta cuando así proceda, la opinión del Magistrado al que se vaya a asignar dicho personal;


l) Conceder o negar licencias al personal administrativo del Tribunal y al personal jurisdiccional de las Salas Ordinarias y de las Salas Auxiliares en las disposiciones normativas aplicables previa opinión cuando proceda, del Magistrado al que esté adscrito;


m) Rendir a las Salas del Tribunal en la última sesión de cada año un informe por escrito, dando cuenta de la marcha del Tribunal y de las principales jurisprudencias y tesis acordadas por la Sala Superior , y


n) Adoptar las determinaciones, medidas y acciones que estime necesarias para la buena marcha del Tribunal, que no estén expresamente reservadas a la Sala Superior.

 

 

 

Tribunal
Dirección mail tribunal