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REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO IV
De la Presidencia del Tribunal
ARTICULO 18o.- La Oficina de Información Pública tendrá las atribuciones dispuestas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; así como a las que en estas materias establezcan los lineamientos de la Sala Superior o la autoridad competente.
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